El 23 de septiembre fue la fecha elegida por la Conferencia Mundial de la Coalición Contra el Tráfico de Personas en coordinación con la Conferencia de Mujeres que tuvo lugar en Dhaka, Bangladesh, en enero de 1999.
Esta fecha se estableció para conmemorar la promulgación de la Ley 9143 en Argentina el 23 de septiembre de 1913. Nuestro país fue pionero en la visibilización de esta problemática, al sancionar la Ley Palacios que fue la primera norma legal en el mundo contra la prostitución infantil y la explotación sexual.
La trata de personas constituye, después del tráfico de drogas y de armas, el negocio multinacional que genera mayores ganancias. Quienes caen en las redes de trata, pueden sufrir la explotación sexual, distintas formas de trabajo esclavo, y abusos de todo tipo, perdiendo sus derechos más básicos, como la libertad, la seguridad y el derecho a vivir sin ser objeto de violencias.
Argentina es, por ley, un país abolicionista. No acciona contra las personas que se prostituyen sino contra quienes explotan la prostitución ajena. En los últimos meses la incorporación del trabajo sexual en el Registro Nacional de Trabajadores de la Economía Popular, dejando a la prostitución como una modalidad laboral, inició un gran debate.
Actualmente se encuentra vigente la Ley 26.364 que de acuerdo con su artículo 1° tiene por objeto implementar medidas destinadas a prevenir y sancionar la trata de personas, asistir y proteger a sus víctimas. A partir de esta legislación se creó el Comité Ejecutivo para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas.
El Comité coordinado por la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, articula las acciones de prevención, sanción y asistencia en materia de Trata de personas desarrolladas por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el Ministerio de Seguridad, el Ministerio de Desarrollo Social y el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Algunas de sus funciones son:
- Diseñar estándares de actuación, protocolos y circuitos de intervención que contribuyan a prevenir y combatir los delitos de trata y explotación, y a proteger y asistir a las víctimas de tales delitos y sus familias.
- Desarrollar acciones eficaces orientadas a aumentar la capacidad de detección, persecución y desarticulación de las redes de trata y explotación.
- Asegurar a las víctimas el respeto y ejercicio pleno de sus derechos y garantías, proporcionándoles la orientación técnica para el acceso a servicios de atención integral gratuita.
- Generar actividades que coadyuven en la capacitación y asistencia para la búsqueda y obtención de oportunidades laborales, juntamente con los organismos pertinentes.
- Llevar adelante un Registro Nacional de Datos vinculados con los delitos de trata y explotación de personas, como sistema permanente y eficaz de información y monitoreo cuantitativo y cualitativo.
- Organizar actividades de difusión, concientización, capacitación y entrenamiento acerca de la problemática de los delitos de trata y explotación de personas, desde las directrices impuestas por el respeto a los derechos humanos, la perspectiva de género y las cuestiones específicas de la niñez y adolescencia.
Por otro lado, la línea telefónica 145 es una línea gratuita, anónima y nacional donde se pueden realizar denuncias sobre desaparición de personas, existencia de prostíbulos, avisos de prostitución en distintos medios o trabajo forzado de personas. Funciona las 24 horas de los 365 días del año y es atendida por profesionales capacitadas en esas problemáticas.